Sentencia N° 441 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de diciembre de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 441, Exp. A13-401, 03/12/2013
ExpedienteA13-401
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-12-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de avocamiento presentada por los abogados de Yosender Alberto Pernalete, quienes alegaron irregularidades en el proceso penal seguido contra su defendido. La solicitud fue motivada por la condena impuesta por el Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que consideraron injusta y contraria a los derechos de su representado. Sin embargo, la Sala declaró inadmisible la solicitud, argumentando que no se cumplieron las condiciones necesarias para su admisión, ya que los recursos ordinarios no fueron ejercidos de manera oportuna.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una atribución del Tribunal Supremo de Justicia otorgada legalmente para atraer una causa que se está ventilando en un tribunal inferior, constituyendo una institución jurídica que le confiere a este máximo órgano judicial la facultad para conocer y decidir, de oficio o a petición de parte, sobre cualquier expediente. En efecto, debido a su carácter especial y excepcional, la solicitud que al respecto se realice, debe ser examinada con la prudencia debida, por cuanto exige cumplir cabalmente con los requisitos establecidos en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que especifican: Artículo 107: “El avocamiento será ejercido con suma prudencia y sólo en caso de graves desordenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática”. Artículo 108: “La Sala examinará las condiciones de admisibilidad del avocamiento, en cuanto a que el asunto curse ante algún tribunal de la República, independientemente de su jerarquía y especialidad o de la etapa o fase procesal en que se encuentre, así como que las irregularidades que se aleguen hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia a través de los medios ordinarios”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por los abogados ALIRIO PAÚL ECHEVERRÍA SILVA y ALBA CÉLICA MONTILLA PÉREZ, defensores privados del ciudadano YOSENDER ALBERTO PERNALETE. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

avocamientopenalderechos humanosjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca