Sentencia N° 440 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de julio de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 440, Exp. C25-352, 25/07/2025
ExpedienteC25-352
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-07-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado José Campos Alvarado en representación de Elkin Merardo Carreño Calle. La decisión impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la decisión del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, que negó el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de libertad condicional al penado. La Sala fundamenta su decisión en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, específicamente en relación a la impugnabilidad objetiva.

Extracto de la motiva

En este contexto, se concluye que el Recurso de Casación sólo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y en contra de aquellas decisiones explícitamente determinadas en la ley. Así mismo, solo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, previa verificación de cada una de las exigencias anteriormente señaladas.

Dispositiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado José Florencio Campos Alvarado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.338, actuando como defensor privado del ciudadano ELKIN MERARDO CARREÑO CALLE, titular de la cédula de identidad número V- 25.240.619, en contra de la decisión dictada el 14 de enero de 2025, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho antes prenombrado.

Palabras clave

casaciónpenallibertad condicionalinadmisible

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