Sentencia N° 440 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de noviembre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 440, Exp. C12-213, 27/11/2012
ExpedienteC12-213
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-11-27
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de noviembre de 2012, desestimó el recurso de casación interpuesto por Freddy Orozco Meza y Sandra María Bravo Galeano, quienes impugnaron la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Aragua que había declarado sin lugar su apelación. La Sala fundamentó su decisión en que el recurso era manifiestamente infundado, ya que no cumplía con las formalidades establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal.
Los recurrentes alegaron errores en la calificación de los delitos y en la imposición de la pena a la acusada, argumentando que la decisión del juez de primera instancia y la confirmación por parte de la Corte de Apelaciones no se ajustaban a derecho. Sin embargo, la Sala consideró que las denuncias planteadas no eran suficientes para modificar la decisión impugnada, manteniendo así la condena impuesta a la acusada por los delitos de estafa y amenaza.
Finalmente, la Sala reafirmó su competencia para conocer del recurso y la validez de las decisiones previas, dejando claro que el recurso de casación no era procedente en este caso, dado que se trataba de una sentencia condenatoria.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por los ciudadanos FREDDY OROZCO MEZA y SANDRA MARÍA BRAVO GALEANO, asistidos por la abogada MAYELIET RODRÍGUEZ TREJO y en su cualidad de víctimas, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua de fecha 7 de marzo de 2012. Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, en Caracas, a los VEINTISIETE días del mes de NOVIEMBRE de dos mil doce. Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por los ciudadanos FREDDY OROZCO MEZA y SANDRA MARÍA BRAVO GALEANO, asistidos por la abogada MAYELIET RODRÍGUEZ TREJO y en su cualidad de víctimas, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua de fecha 7 de marzo de 2012.
Palabras clave
denegación de justicianulidadaudiencia preliminarobligación de decidirtutela judicialderechos humanos