Sentencia N° 440 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 440, Exp. C03-0210, 09/12/2003
ExpedienteC03-0210
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-12-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Pedro Arquimedes Molina Pacheco, anulando el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. La Corte de Apelaciones había omitido resolver el alegato de legítima defensa presentado por la defensa, lo que vulneró el derecho del acusado a ser oído y a un debido proceso. La Sala ordenó a la Corte de Apelaciones resolver todos los planteamientos de la defensa expuestos en el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Sala considera que los defensores tienen la razón en su denuncia, ya que la Corte de Apelaciones no resolvió lo planteado por los recurrentes en la apelación, dicho vicio es de carácter procesal y atenta contra los principios constitucionales y los derechos del acusado de autos. Aunque la Corte de Apelaciones declaró parcialmente con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa, dejó de resolver no sólo lo relativo a la segunda denuncia del escrito de apelación, referente a la legítima defensa sino que también omitió todo pronunciamiento con respecto a las denuncias tercera y cuarta. Tomando en cuenta las garantías procesales y el principio de la doble instancia no les está dado a las Cortes de Apelaciones omitir el resto de los pronunciamientos cuando se haya declarado con lugar alguna de las denuncias, salvo que dicha declaratoria reponga el juicio, en caso contrario han de resolverse cada una de ellas por separado, sea negando o acordando los planteamientos alegados por el apelante, una vez que se ha admitido dicho recurso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso interpuesto por la defensa del ciudadano PEDRO ARQUIMEDES MOLINA PACHECO, en consecuencia ANULA el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el 26 de marzo de 2003; y ORDENA la remisión del expediente al Juez Presidente de ese Circuito Judicial para que previa distribución entre las Salas de la Corte de Apelaciones, dicte un nuevo fallo que prescinda del vicio que dio lugar a la presente nulidad.

Palabras clave

homicidio intencionallegítima defensarecurso de casaciónCorte de Apelacionesderecho a ser oídodebido procesoprincipio de doble instancia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca