Sentencia N° 44 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de marzo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 044, Exp. C04-0056, 29/03/2005
ExpedienteC04-0056
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-03-29
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por los defensores de JHONATAN RAMEL GUTIÉRREZ NAVAS, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. Se argumenta que la Corte de Apelaciones no incurrió en el vicio denunciado por los defensores respecto a la apreciación de las pruebas en el juicio oral. Además, se establece que el supuesto vicio de motivación de la sentencia del Juzgado no puede ser impugnado a través del recurso de casación, ya que la Sala solo tiene competencia para conocer de los fallos dictados por las Cortes de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones no puede incurrir en el vicio denunciado por los Defensores, es decir, el de la apreciación de las pruebas debatidas en el juicio oral. El supuesto vicio relativo a la motivación de la sentencia del Juzgado Nº 6 de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas no puede ser impugnado a través del recurso de casación, pues la Sala Penal sólo tiene competencia para conocer de la impugnación de los fallos dictados por las Cortes de Apelaciones y según el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, lo ajustado a Derecho es desestimar el recurso de casación por manifiestamente infundado según lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por los Defensores del ciudadano imputado JHONATAN RAMEL GUTIÉRREZ NAVAS contra la sentencia dictada el 27 de noviembre de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas.

Palabras clave

recurso de casaciónaprecio de pruebasmotivación de sentenciaCódigo Orgánico Procesal Penalrobo agravadoCorte de Apelacionesderechos del imputado

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