Sentencia N° 439 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de diciembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 439, Exp. C17-210, 05/12/2017
ExpedienteC17-210
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-12-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Auxiliar, Marja Lorena Sanabria Becerra, contra la sentencia de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la absolución de JOSÉ TEODOSIO GARCÍA SÁNCHEZ por el delito de homicidio intencional calificado. La Sala de Casación consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones carecía de motivación adecuada y no cumplió con el deber de analizar detalladamente las pruebas presentadas en el juicio.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, no determinó si en la sentencia sometida a su revisión se efectuó el correcto análisis y concatenación de los elementos probatorios, no cumpliendo así con las exigencias de una correcta motivación en la sentencia, ya que la misma se limitó a acoger el criterio expuesto por el sentenciador de Primera Instancia, haciendo un resumen de lo desplegado por éste, incumpliendo así, con su deber de realizar un análisis propio, explicando de manera clara y precisa las razones por las cuales consideró que en el fallo apelado se efectuó el debido análisis y comparación de los elementos probatorios debatidos en el juicio oral, llegando a la determinación de los hechos que se dan por probados y el derecho aplicable.
Dispositiva
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la abogada Marja Lorena Sanabria Becerra, en su carácter de Fiscal Auxiliar Trigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada, el 16 de diciembre de 2016, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo del 10 de octubre de 2012 y publicado en fecha 19 de diciembre del mismo año, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, mediante el cual absolvió al ciudadano JOSÉ TEODOSIO GARCÍA SÁNCHEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 406 numeral 3, ambos del Código Penal, concatenado con el artículo 65 parágrafo único de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la víctima ADRIANA PAOLA BRACAMONTE BARRERA. TERCERO: ORDENA remitir la presente causa a la Presidencia del referido Circuito Judicial Penal, a los fines de constituir una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, para que se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto con prescindencia del vicio que dio lugar a la nulidad del fallo.