Sentencia N° 439 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de julio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 439, Exp. C05-0016, 12/07/2005
ExpedienteC05-0016
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-07-12
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la Defensa de la ciudadana acusada abogada ANA TERESA VALERO.
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia resolvió un recurso de casación interpuesto por la defensa de ANA TERESA VALERO, condenada por homicidio preterintencional. La defensa alegó contradicciones en la sentencia recurrida y cuestionó la validez de la autopsia. Sin embargo, la Sala determinó que la muerte de la menor fue consecuencia de los golpes propinados por la madre, confirmando la condena de ocho años de presidio. Finalmente, se desestimó el recurso por infundado.
Extracto de la motiva
En el presente caso no es procedente formalizar el recurso de casación con base en el numeral 2 del artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, fundamentándose en los artículos 330 y 331 del Código de Enjuiciamiento Criminal derogado, porque aunque la causa se encontraba en curso para el momento de entrar en vigencia el Código Orgánico Procesal Penal, las disposiciones transitorias sirvieron en su oportunidad para darle entrada al proceso dentro del Código Orgánico Procesal Penal; pero una vez que la Corte de Apelaciones conozca del asunto y decida, como es el caso, debe seguirse el procedimiento ordinario pautado en dicho código. En consecuencia, lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la Defensa de la ciudadana acusada y según lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. No obstante la decisión anterior el Tribunal Supremo de Justicia, en orden a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución, ha revisado el expediente para saber si se vulneraron los derechos de la imputada o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho y también en aras de la Justicia y ha encontrado el fallo ajustado a Derecho.
Dispositiva
DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa de la ciudadana acusada abogada ANA TERESA VALERO.