Sentencia N° 438 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de julio de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 438, Exp. C25-304, 25/07/2025
ExpedienteC25-304
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-07-25
DecisiónNULIDAD ABSOLUTA

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decreta la nulidad absoluta de la decisión dictada el 13 de febrero de 2025 por la Sala Seis de la Corte de Apelaciones, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Sociedad Mercantil “C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS”. La Sala determina que la decisión de la Corte de Apelaciones incurrió en vicios de inmotivación y falta de técnica recursiva, afectando el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.

Extracto de la motiva

El Recurso de Casación, es un medio de impugnación de carácter extraordinario, porque no implica un nuevo análisis de la controversia, sino única y exclusivamente el examen de la correcta aplicación procesal y sustantiva efectuada por una Corte de Apelaciones, en su sentencia de última instancia, tutelado por disposiciones legales taxativas, establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, o en su defecto en las Leyes penales especiales, por remisión expresa y que exige para su interposición y admisibilidad la correcta motivación de las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones. La falta de motivación de las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones, se produce bien por la omisión sobre los argumentos expuestos en el recurso de apelación, o por la falta de fundamentos que permitan conocer la resolución de la denuncia alegada, tal violación quebranta el derecho a la tutela judicial efectiva y a la defensa de las partes intervinientes, al no permitírseles conocer los motivos por los cuales fueron rechazados los alegatos expuestos en la apelación. Por ello, esta Sala en resguardo de la finalidad del proceso penal instaurado y en aras de garantizar una aplicación de la justicia responsable y acorde al marco normativo vigente, una vez analizadas las circunstancias del caso en particular, esta Sala de Casación Penal en atención a lo establecido en los artículos 174.

Dispositiva

PRIMERO: Decreta la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada 13 de febrero de 2025, por la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en ocasión al recurso de apelación presentado por los abogados Iskrey Pérez Rincones y Jeisson A. Pérez Rico, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números 97.149 y 265.757, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil “C.A. CIGARRERA BIGOTT SUCS”, con la consecuente nulidad de todas las actuaciones posteriores al acto írrito, manteniéndose incólume la presente decisión.

Palabras clave

recurso de casaciónjusticiatutela judicialsentenciasCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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