Sentencia N° 436 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 436, Exp. C02-0301, 02/10/2002
ExpedienteC02-0301
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-10-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por los defensores de los acusados en un caso de abuso sexual infantil. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa, lo que motivó la presente decisión del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala de Casación Penal considera que la decisión de la Corte de Apelaciones carece de lógica jurídica y vulnera el debido proceso, por lo que se declara la nulidad de la decisión impugnada y se ordena a la Corte de Apelaciones decidir el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la decisión impugnada carece de toda lógica jurídica, toda vez que con ella se violentan los principios fundamentales al debido proceso de la parte recurrente, previstos en el artículo 49 de la Constitución de la República de Venezuela, y al derecho a la Tutela Judicial efectiva, previsto en el artículo 26 ejusdem, referido al derecho que tienen los ciudadanos de dirigir peticiones a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus intereses, y a obtener con prontitud una decisión fundada en derecho y motivadamente. Por tanto, ha debido la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, decidir, tal como era su obligación, de conformidad con la norma prevista en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, y no declarar sin lugar por manifiestamente infundado, el recurso sometido a su consideración, luego de haberlo admitido, pues la intención del legislador en la reforma del 14 de noviembre de 2001 es, que fuera de las causas de inadmisibilidad establecidas taxativamente en el artículo 437 ejusdem, las Cortes de Apelaciones deberán entrar a conocer y resolver el fondo del recurso planteado.
Dispositiva
ANULA LA DECISIÓN DICTADA por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui de fecha 20 de mayo de 2002, en relación a los ciudadanos JEFFREY ANDREW SAMS y WILLIANS VAN Mc-INTIRE, y ORDENA a dicha Corte de Apelaciones decidir el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente.
Palabras clave
abuso sexualmenorescasaciónCorte de Apelacionesdue processnulidaddecisión judicial