Sentencia N° 434 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de octubre de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 434, Exp. C06-0367, 25/10/2006
ExpedienteC06-0367
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-10-25
DecisiónAnula Parcialmente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, anula parcialmente la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Jerry Jesús Bautista Osorio. La Sala encontró un vicio procesal que vulnera los derechos del acusado, ya que la Corte de Apelaciones no analizó el fondo del recurso de apelación, limitándose a declarar infundado el mismo sin considerar las pruebas presentadas por la defensa.

Extracto de la motiva

La no revisión de las denuncias hechas en el escrito de apelación, se considera como la vulneración de la tutela judicial efectiva, prevista en el artículo 26 de la Constitución de la República, derecho éste de amplísimo contenido que comprende el derecho a ser oído por los Organos de Administración de Justicia, es decir, que cumplidos con los requisitos establecidos en las leyes adjetivas, los órganos judiciales están obligados a conocer el fondo de las pretensiones de los particulares y, mediante una decisión dictada en Derecho, determinar el contenido y la extensión del derecho deducido. De allí que la vigente Constitución señale que no se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales y que el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia (artículo 257).

Dispositiva

ANULA PARCIALMENTE la decisión de fecha 7 de junio de 2006 dictada por la Sala Accidental Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que DECLARÓ SIN LUGAR por infundado el recurso de Apelaciones planteado por la defensa del ciudadano JERRY JESÚS BAUTISTA OSORIO, y ORDENA a dicha instancia judicial, que resuelva el referido recurso. Asimismo, la Sala SE ABSTIENE de conocer los recursos de casación propuestos, por cuanto procederán contra la nueva decisión que dicte la Corte de Apelaciones en el presente caso.

Palabras clave

narcotráficoapelaciónderechos constitucionalesvulneracióntutela judicial efectivadecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca