Sentencia N° 433 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 433, Exp. C26-62, 02/10/2026
ExpedienteC26-62
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-10-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de JAVIER ANTONIO CABRITA MÁRQUEZ, quien fue condenado a 30 años de prisión por el delito de violencia sexual agravada y continuada. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa, confirmando la sentencia condenatoria del Tribunal Primero de Primera Instancia. La Sala concluye que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la fundamentación y técnica recursiva.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al analizar el recurso de casación interpuesto, observa que el mismo no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, que exige una fundamentación clara y separada de los motivos de impugnación. En este sentido, se destaca que el recurrente no logró demostrar cómo las alegadas violaciones a la ley influyeron en el dispositivo de la sentencia impugnada. La Sala enfatiza que el recurso de casación no puede ser utilizado como un medio para revisar la valoración de pruebas realizada por los tribunales de instancia, sino que debe centrarse en la legalidad de las decisiones adoptadas por la Corte de Apelaciones. Por lo tanto, se concluye que el recurso es manifiestamente infundado y se desestima.
Dispositiva
Se declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado Ronald Alfonso Franco Molina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 292.382, actuando como defensor del ciudadano JAVIER ANTONIO CABRITA MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.427.599, en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 1° de septiembre de 2025, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por los profesionales del Derecho Leandro José Labrador Ballestero y Gisela Ramírez Sánchez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 56.946 y 143.348, respectivamente y, confirmó la sentencia dictada en fecha 10 de junio de 2025, cuyo texto íntegro fue publicado el 17 de junio de 2025 por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Violencia Contra la Mujer del estado Zulia, que lo condenó a cumplir la pena de TREINTA (30) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA Y CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 57, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 99, del Código Penal, con la agravante del artículo 217, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en perjuicio de la adolescente C.A.E.A.
Palabras clave
violencia sexualcasacion penalderechos de las mujeresproceso penalsentencia condenatoriarecurso de apelacionjusticiaderecho a la defensa