Sentencia N° 433 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de diciembre de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 433, Exp. C03-0315, 04/12/2003
ExpedienteC03-0315
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-12-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso de casación interpuesto por la defensa de las ciudadanas Lozada Sumooza y Sumoza, declara con lugar la denuncia de falta de motivación del fallo de la Corte de Apelaciones. Se argumenta que la sentencia recurrida no cumplió con las exigencias de motivación, ya que no especificó los elementos probatorios que fundamentaron la condena. La Sala anula las sentencias dictadas por el Juzgado Noveno de Juicio y la Corte de Apelaciones, ordenando la celebración de un nuevo juicio oral ante otro tribunal.

Extracto de la motiva

La defensa en su escrito de apelación alegó la inmotivación del fallo, y la Corte de Apelaciones al resolverlo, se limitó a señalar que la Juez de Juicio había considerado todos y cada uno de los elementos llevados a juicio; sin embargo, no explica en modo alguno, cuáles son esos elementos que se tomaron en cuenta, ni mucho menos, con cuáles se comprueba la culpabilidad de cada una de las acusadas. La Corte de Apelaciones se limitó a señalar que “lo accesorio sigue a lo principal, porque sin la participación del otro agente, no se hubiese podido cometer el delito”, pero no expresa las razones, por separado, para determinar los elementos que configuran el delito por el cual se les ha condenado. De manera reiterada ha señalado esta Sala, que motivar una sentencia, es aplicar la razón jurídica, en virtud de la cual se adopta determinada resolución. Por lo tanto es necesario discriminar el contenido de cada prueba, analizarla, compararla con las demás existentes en autos y por último, según la sana crítica, establecer los hechos derivados. Para que los fallos expresen clara y terminantemente los hechos que el tribunal considere probados, es necesario el examen de todos y cada uno de los elementos probatorios de autos y, además, que cada prueba se analice por completo en todo cuanto pueda suministrar fundamentos de convicción.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso interpuesto y en consecuencia, ANULA las sentencias dictadas por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, y por la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones de la referida Circunscripción Judicial; y por consiguiente, ORDENA la realización de un nuevo juicio oral, ante otro Tribunal de Juicio de ese Circuito Judicial, a los fines de que dicte nueva sentencia con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad.

Palabras clave

casacionfalta de motivaciondelitojuicio oralderecho a la defensapresuncion de inocenciaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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