Sentencia N° 43 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de febrero de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 043, Exp. C22-22, 23/02/2022
ExpedienteC22-22
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-02-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del estado Aragua, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Gabriela Yeiret Mijares Pacheco. Se determina que la Corte de Apelaciones incurrió en un grave error procesal al declararse competente y, al mismo tiempo, desestimar el recurso, vulnerando el derecho al debido proceso y la garantía de la doble instancia. La Sala ordena remitir el expediente a la Corte de Apelaciones para que se pronuncie sobre la admisión del recurso de apelación y su posterior resolución.

Extracto de la motiva

Consideraciones para decidir" textualmente se lee: "Se hace necesario para esta Corte de Apelaciones, hacerle un llamado de de atención tanto a la Jueza del Juzgado Segundo de primera instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en materia de Delitos de violencia contra la mujer del Estado Aragua, a los fines de que en los próximos procedimientos, se abstenga de otorgar sobreseimientos, en la audiencia de imputación. Así se ordena..." (Resaltado de este escrito). ...Por lo que si el sobreseimiento no era procesalmente procedente en el acto formal de imputación, como reconoce el fallo de la Corte de Apelaciones cuando llama la atención al juez a quo, ordenándole que "en los próximos procedimientos, se abstenga de otorgar sobreseimientos, en la audiencia de imputación…” (Resaltado de este escrito), ha debido anular la decisión recurrida y ordenar la realiza un nuevo acto de imputación ante un juez distinto al que dictó la decisión...” (SIC). SEGUNDA DENUNCIA “…Según se observa de la decisión recurrida, LA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ARAGUA, en la misma fecha 13 de octubre de 2021, en un solo acto, declaró competente y declaró sin lugar el recurso de apelación,

Dispositiva

ANULA DE OFICIO la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en fecha 13 de octubre de 2021; al igual que todas las actuaciones posteriores a dicho fallo y se ORDENA remitir el expediente a la Corte de Apelaciones que constituida en Sala Accidental, previa la verificación de los requisitos de ley, se pronuncie sobre la admisión o no del recurso de apelación interpuesto.

Palabras clave

anulaciónrecurso de apelacióndue processCorte de Apelacionesviolencia contra la mujer

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