Sentencia N° 428 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 428, Exp. A24-341, 06/08/2024
ExpedienteA24-341
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado José Luis Perdomo Villegas, defensor del ciudadano Julio Javier Perdomo Villegas. La solicitud fue considerada no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a la existencia de graves desórdenes procesales o escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen la imagen del Poder Judicial. La Sala concluye que las alegaciones del solicitante no son suficientes para justificar la intervención del Tribunal Supremo en el proceso penal en curso ante el Tribunal Militar Décimo Noveno de Control en Barinitas.
Extracto de la motiva
En definitiva todo lo expresando con anterioridad en razón de la tutela judicial efectiva a consideración de esta defensa existen suficientes motivos para que la ilegal, inmotivada e incongruente acusación sea objeto de NULIDAD, siendo ello, el principal objetivo del presente escrito de solicitud de avocamiento y en consecuencia solicito formalmente con el debido respeto que de conformidad con el tenor de los artículos 7,26 y 49 constitucionales se sirva esta Sala de Casación Penal declarar lo siguiente: PRIMERO: se avoque al conocimiento del expediente CJPM-TM19C-155-2023 nomenclatura del Tribunal Militar Décimo Noveno de Control con sede en Barinitas estado Barinas, requiriendo el expediente con el objeto de asumir el contenido del asunto solicitado. SEGUNDO: declare con lugar la solicitud del avocamiento propuesto por esta defensa técnica. TERCERO: declare la nulidad de la acusación que pesa sobre mi defendido la cual riela en el referido expediente, de igual manera declare nula todas las actuaciones posteriores a la irrita acusación fiscal relacionadas con mi defendido y ordene la reposición al estado de la fase investigativa y de esta manera se asigne otro Tribunal Militar para reponer la causa junto a otra fiscalía que actúe como lo establece la norma y no a capricho persona distorsionando la investigación vulnerando el principio de imparcialidad.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO interpuesta por el abogado José Luis Perdomo Villegas.