Sentencia N° 428 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de noviembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 428, Exp. A11-149, 11/11/2011
ExpedienteA11-149
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de noviembre de 2011, declaró sin lugar la solicitud de avocamiento presentada por Carmen Gutiérrez, en su calidad de víctima, en un caso relacionado con la presunta comisión del delito de homicidio culposo. La Sala argumentó que el Ministerio Público solo tiene derecho a presentar una nueva acusación si la primera fue desestimada por defectos en su promoción o ejercicio, lo que no se cumplió en este caso, ya que la acusación fue desestimada por falta de individualización de la responsabilidad penal de los imputados.
Extracto de la motiva
De la revisión hecha al escrito contentivo de la solicitud de avocamiento, la Sala de Casación Penal observa que en el presente caso, se ha ejercido como principal y único motivo de la solicitud lo siguiente: '…La decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy en realidad se limita a interpretar de manera exegética el contenido del numeral 2 del artículo 20 del COPP, o más detalladamente, se limita a interpretar el significado gramatical de la palabra “una”. Tal análisis superficial permitió a la Corte de Apelaciones llegar a la conclusión de que cuando la primera persecución ha sido desestimada por defectos en su promoción o en su ejercicio, el Ministerio Público como titular de la acción penal, tiene sólo una nueva oportunidad para volver a intentarla, por lo que no puede realizar persecuciones indefinidas hasta tanto logre su pretensión punitiva…'.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara sin lugar, la solicitud de avocamiento propuesta por la ciudadana CARMEN GUTIÉRREZ, en su condición de víctima.