Sentencia N° 428 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de noviembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 428, Exp. C04-0224, 11/11/2004
ExpedienteC04-0224
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de José Ismael Alfaro, condenado a 15 años de presidio por homicidio. La defensa argumentó la falta de aplicación del principio de apreciación probatoria debido a la ausencia del médico forense en el juicio. La Sala de Casación Penal observó un vicio que justificaba la reposición del proceso, considerando que se violó el principio de inmediación y debido proceso al no comparecer el médico que practicó la autopsia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que corresponde al Juez, ante el cual se celebró el juicio, darle cumplimiento a las mencionadas normas, toda vez que los informes de experticias no pueden ser apreciados sólo si se incorporan por su lectura, al juicio oral y público. Revisadas el acta del juicio oral y público y la sentencia del tribunal de juicio se puede constatar que se analizó y valoró el protocolo de autopsia, violándose el principio de inmediación y debido proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de oficio, repone la causa al estado de que se celebre nuevo juicio oral y público contra el acusado José Ismael Alfaro. En consecuencia, remítanse las actuaciones al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para la distribución del expediente a un nuevo Juzgado de Juicio.