Sentencia N° 427 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de noviembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 427, Exp. C04-0230, 11/11/2004
ExpedienteC04-0230
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público, argumentando que el delito de extracción ilícita de materiales no alcanza el límite máximo de pena requerido para la admisibilidad del recurso. La decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó el sobreseimiento de la causa fue considerada correcta, ya que la acción penal había prescrito.
Extracto de la motiva
El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal establece, que el recurso de casación, sólo podrá ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años o la sentencia condene a penas superiores a esos límites. Asimismo, establece que, dentro de los supuestos señalados, serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación. En el caso de autos, el delito de extracción ilícita de materiales, previsto en el artículo 31 de la Ley Penal del Ambiente, imputado a los ciudadanos Emerita del Carmen Rincón de Cabreras y Gumercindo Segundo Hinestroza Daboín, tiene asignada una pena de cuatro (4) a ocho (8) meses de arresto, y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo. No alcanza el referido delito el límite máximo de pena señalado para la admisibilidad del recurso de casación, razón por la cual la Sala considera procedente desestimar, por inadmisible, el recurso de casación propuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público, abogado Josefa María Camargo de Acosta. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
extracción ilícita de materialesprescripciónrecurso de casacióndelitos ambientalesCódigo Orgánico Procesal Penalderechos humanosacción penal