Sentencia N° 426 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de julio de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 426, Exp. C25-264, 14/07/2025
ExpedienteC25-264
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-07-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Fortunato Sergio Leonardo Ricci Bermúdez, en representación del ciudadano JOSÉ RAMÓN LACRUZ AVENDAÑO. La decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación, es confirmada por la Sala. Se establece que la decisión cuestionada no es susceptible de ser revisada en casación, dado que no se encuentra dentro de las decisiones impugnables según el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
Cumplidos como han sido los trámites procedimentales del caso y siendo la oportunidad de pronunciarse sobre la admisibilidad o desestimación del presente recurso de casación, esta Sala de Casación Penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos 457 y 458, del Código Orgánico Procesal Penal, observa: En nuestro proceso penal, la materia recursiva se encuentra regida por las disposiciones contenidas en los artículos 423 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, que consagran el principio de la impugnabilidad objetiva, la legitimación para recurrir y las condiciones generales para la interposición de los medios de impugnación. De manera particular, el recurso de casación está regulado en los artículos 451 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Específicamente, en cuanto a los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, el referido Código Orgánico Procesal Penal dispone taxativamente cuáles son las decisiones recurribles en casación, los motivos que lo hacen procedente, y el procedimiento que debe seguirse para su interposición, así como las exigencias indispensables para su presentación. En este sentido, para que la Sala entre a conocer de un recurso de casación, se requiere el cumplimiento de diversos requisitos, a saber: a) que la persona que lo ejerza esté debidamente legitimada por la ley; b) que sea interpuesto dentro del lapso legal establecido para ello; c) que la decisión que se recurra sea impugnable en casación por expresa disposición de la ley; y, d) que el recurso esté debidamente fundamentado conforme con los requerimientos legales.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado Fortunato Sergio Leonardo Ricci Bermúdez, en contra de la decisión de fecha 20 de noviembre de 2024, emitida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida.