Sentencia N° 426 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 426, Exp. C08-313, 11/08/2009
ExpedienteC08-313
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano ÁNGEL MOISÉS OLIVEROS PINTO, quien había sido condenado por homicidio intencional simple en grado de frustración y porte ilícito de arma de fuego. La Corte de Apelaciones había corregido la calificación del delito de homicidio calificado a homicidio intencional, modificando la pena impuesta. La defensa alegó vicios de inmotivación y falta de aplicación de normas, pero la Sala consideró que la Corte de Apelaciones había motivado adecuadamente su decisión y que no hubo reforma en perjuicio del acusado.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: En virtud de que las denuncias anteriormente transcritas guardan estrecha relación entre sí, la Sala procede a resolverlas en forma conjunta. Así se declara. En primer lugar, se observa que la recurrente denunció la infracción de normas relativas a los principios de oralidad e inmediación, pues en su criterio la Corte de Apelaciones desestimó el alegato expuesto en el recurso de apelación relacionado al acta de entrevista rendida por la víctima Cruz Marrugo, ante los órganos policiales, señalando que la misma era contradictoria con la declaración que rindió éste en el juicio oral y público, incurriendo así en un grave vicio que afecta la motivación del fallo emitido por la recurrida. En segundo término, expresó la recurrida que la decisión emitida por el sentenciador de juicio había incurrido en ilogicidad manifiesta en la motivación, por haberle dado valor probatorio al testimonio de la ciudadana Marianela Espina, y que la Corte de Apelaciones consideró correcto el haber valorado esa declaración puesto que en criterio de la misma era imposible llevar al juicio otros testigos, así como también existía la imposibilidad de que la víctima declarara en el debate oral, argumentaciones estas que en criterio de la impugnante carecen de toda lógica. En tercer lugar, alegó la recurrente que la Corte de Apelaciones, incurrió en el vicio de inmotivación al no haber expresado cuando declaró sin lugar el motivo de la apelación referido a la valoración de los indicios, cómo fue que el sentenciador de juicio aplicó correctamente el razonamiento indiciario que fue tomado en cuenta para emitir su decisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la defensora pública del ciudadano acusado ÁNGEL MOISÉS OLIVEROS PINTO. Publíquese, regístrese, y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

homicidio intencionalporte ilícito de armarecurso de casacióninmediaciónmotivaciónprincipios de oralidaderror in judicando

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