Sentencia N° 426 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de diciembre de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 426, Exp. C03-0432, 02/12/2003
ExpedienteC03-0432
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-12-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por Belquis Guerrero Vivas, quien apelaba una sentencia de absolución dictada por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia. La Sala determinó que la sentencia impugnada no era recurrible en casación, dado que la pena del delito de violencia psicológica no excedía los cuatro años de prisión, conforme a lo establecido en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la sentencia impugnada no es recurrible en casación, ya que los pronunciamientos en ella contenidos, han sido dictados en un procedimiento seguido al ciudadano MIGUEL MURILLO VIVAS, con ocasión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, presuntamente cometido por el mencionado acusado, cuya pena no excede en su límite máximo de cuatro años de prisión. En efecto, el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, expresa: “...Violencia psicológica. Fuera de los casos previstos en el Código Penal, el que ejecute cualquier forma de violencia psicológica en contra de alguna de las personas a que se refiere el artículo 4° de esta Ley, será sancionado con prisión de tres (3) a dieciocho (18) meses”. Ahora bien, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, señala que son recurribles en casación las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en la acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad, que en su límite máximo exceda de 4 años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador privado haya pedido la aplicación de penas superiores a las señaladas.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana BELQUIS GUERRERO VIVAS. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
violencia psicológicacasacióninadmisiibilidadCódigo Orgánico Procesal PenalLey Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familiasentenciaapelación