Sentencia N° 425 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 425, Exp. C24-320, 06/08/2024
ExpedienteC24-320
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónSe desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación ejercido.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Nelson José Candamo Rahamut en representación de Pedro Luis Hernández Echenique. El recurso fue presentado contra la decisión de la Sala Décima Accidental de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación de sentencia, confirmando la condena de quince años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Sala concluye que el recurso no cumple con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN DEL RECURSO Con fundamento en el artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, se denuncia la violación de ley por falta de aplicación de los artículos 432, 157 y 346 numeral 4, del texto adjetivo penal en amplia conexión con los artículos 26, 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, violaciones estas que se traducen en el vicio de inmotivación del fallo de alzada. MOTIVACIÓN DEL RECURSO SOBRE LA DENUNCIA NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 444 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL En este mismo orden de ideas, es importante señalar que es imperativo hacer una transcripción de lo alegado por la defensa en el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal de Juicio y del que conoció la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala Número Diez (10) Accidental el cual fue planteado en fecha ocho (8) de enero de dos mil veinticuatro (2024), como lo plasmamos de seguidas: "...Con fundamento en el numeral 2 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, referente a la falta de motivación de la sentencia. Denunciamos la violación del ordinal 3º del articulo 346 del Código Orgánico Procesal Penal.En efecto, luego de revisar detenidamente la sentencia proferida por el Tribunal Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, observa la defensa que adolece de la motivación suficiente, pues no se hizo la descripción detallada del hecho IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 19 de 46 que el tribunal da por probado ni el debido análisis y comparación de las pruebas existentes en autos, según la libre convicción, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas experiencias, que son indispensables a objeto de establecer la tipicidad de los hechos y la culpabilidad del acusado. Un fallo está motivado cuando del material suministrado es posible conocer como abordó el ciudadano Juez el fondo de la controversia,
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación ejercido el 13 de mayo de 2024, por el abogado Nelson José Candamo Rahamut, en su carácter de Defensor Público Sexagésimo Quinto con Competencia en Penal Ordinario, adscrito a la Unidad Regional del Área Metropolitana de Caracas, del ciudadano PEDRO LUIS HERNÁNDEZ ECHENIQUE.
Palabras clave
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