Sentencia N° 424 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de diciembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 424, Exp. C14-432, 16/12/2014
ExpedienteC14-432
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-12-16
DecisiónDesestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por los abogados ORLANDO PADRÓN, MIRTHA GUERRERO y ALEXIS JOSÉ COVA ESCALANTE.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones, que había declarado con lugar un recurso de apelación con efecto suspensivo. La decisión de la Corte de Apelaciones revocó el fallo del Juzgado Séptimo de Control, que había desestimado la acusación contra la ciudadana Jeanyi de los Ángeles Ocando, y decretado su libertad plena. La Sala concluye que el recurso de casación no es procedente, ya que la decisión de la Corte de Apelaciones no ordenó un nuevo juicio ni hizo imposible la continuación del proceso.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, previo a cualquier pronunciamiento, debe determinar su competencia para conocer del presente recurso de casación, y al efecto observa: El artículo 266, numeral 8, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dispone que: “(…) Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 8. Conocer del recurso de casación (…)”. Por su parte, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, delimita las facultades y atribuciones de cada una de las Salas que integran el Máximo Tribunal. De manera específica, respecto a la Sala de Casación Penal, el artículo 29, numeral 2, de la referida ley, establece: “(…) Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal (…)”. De la transcripción de los artículos anteriores, se observa que corresponde a la Sala de Casación Penal, el conocimiento de los recursos de casación en materia penal. En el presente caso, los abogados ORLANDO PADRÓN, MIRTHA GUERRERO y ALEXIS JOSÉ COVA ESCALANTE, en su condición de Fiscales Provisorio Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Antiextorsión y Secuestro, interpusieron recurso de casación en el proceso penal seguido contra los imputados CÉSAR DUBLIER RAMÍREZ SILVA, BAYWUIS IGNACIO RIVAS MÁRQUEZ, DELVIS ALIRIO ROMÁN PACHECO, NELSON ADRIÁN VALERA, CARLOS EDUARDO SUÁREZ MARTÍNEZ y JEANYI DE LOS ANGELES OCANDO, por la presunta comisión de los delitos de Extorsión Agravada, Asociación para Delinquir, Peculado de Uso y Privación Ilegítima de Libertad, previstos en los artículos 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, 54 de la Ley contra la Corrupción y 174 del Código Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por lo expuesto anteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por los abogados ORLANDO PADRÓN, MIRTHA GUERRERO y ALEXIS JOSÉ COVA ESCALANTE, en su condición de Fiscales Provisorio Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Antiextorsión y Secuestro, contra el fallo dictado el 22 de julio de 2014, por la Sala Tres de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

inmotivaciónapelaciónlibertadcambio de calificaciónCódigo Orgánico Procesal Penaldecisión judicial

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