Sentencia N° 423 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de diciembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 423, Exp. CC14-403, 12/12/2014
ExpedienteCC14-403
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2014-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Se determinó que la competencia territorial corresponde al tribunal donde ocurrió el hecho delictivo, en este caso, el Estado Falcón, donde se aprehendió al ciudadano LUIS MARIO NOGUERA ROJAS.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, resolver el conflicto de no conocer surgido entre el Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Tucacas, ambos pertenecientes a Circuito Judiciales Penales distintos en razón del territorio. Los hechos que dieron lugar al conflicto bajo examen, según se desprende del acta policial suscrita por en fecha 04 de octubre de 2014, por el Inspector Agregado PEDRO GONZÁLEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División contra la Delincuencia Organizada, ocurrieron en el Sector Tocuyo de la Costa, callejón Falcón, cruce con Domingo Arévalo, Quinta Santa Eduviges, perteneciente al Estado Falcón, cuando dicho funcionario se encontraba realizando labores de inteligencia en dicha zona. Realizada la aprehensión del ciudadano LUIS MARIO NOGUERA ROJAS, a quien se le incautó '…Un (1) teléfono celular marca ALCATEL…y en el bolsillo derecho de su pantalón se le incautó un arma de fabricación casera, elaborada en metal, similar a un lapicero, provista de una munición calibre 22 sin percutir…' la comisión se trasladó al Área Metropolitana de Caracas, quedando dicho ciudadano a la orden de la Fiscal Auxiliar Interina de la Sala de Flagrancia, adscrita a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien en fecha 5 de octubre de 2014 ordenó el inició de la investigación y en fecha 6 de octubre de 2014 presentó al ciudadano LUIS MARIO NOGUERA ROJAS, ante el Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, quien luego de oír a dicho ciudadano, procedió a declararse incompetente por el territorio, en razón de que los hechos y aprehensión ocurrieron en el Estado Falcón.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes: 1) DECLARA COMPETENTE para continuar conociendo de la presente causa con ocasión del juicio seguido contra el ciudadano LUIS MARIO NOGUERA ROJAS, al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Tucacas. 2) ORDENA remitir copias certificadas de la presente decisión al Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese, notifíquese remítase el expediente y oficie lo conducente.

Palabras clave

competenciadelitoproceso penaltribunalesCódigo Orgánico Procesal Penal

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