Sentencia N° 423 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 423, Exp. A12-239, 08/11/2012
ExpedienteA12-239
PonenteYANINA BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-11-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de noviembre de 2012, declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la defensa de varios ciudadanos acusados de delitos relacionados con sustancias químicas controladas. La Sala argumentó que el solicitante no acreditó el agotamiento de los recursos ordinarios para impugnar las medidas preventivas impuestas sobre los bienes de sus defendidos, lo que constituye un requisito esencial para la admisibilidad del avocamiento.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, prevé el avocamiento como una figura excepcional, y ordena su empleo con suma prudencia y reflexión, solo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana. Circunstancias que no se verifican en los alegatos narrados supra y que configuran uno de los elementos indispensables para su admisibilidad.
Dispositiva
Por las razones expuestas, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento interpuesta por la Defensa de los ciudadanos CARMINA RITA COMPARELLI, FREDDY LÓPEZ COMPARELLI, JULIO CÉSAR DELGADO COMPARELLI y LORYELENA DELGADO COMPARELLI.
Palabras clave
avocamientopenalderecho de defensamedidas cautelares