Sentencia N° 423 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de agosto de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 423, Exp. C08-98, 05/08/2008
ExpedienteC08-98
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-08-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por el abogado Gastón Miguel Saldivia Dáger, en representación de la víctima, Ottoniel Javit Villalón, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala de Casación Penal, tras analizar las denuncias, concluyó que no se configuraban los delitos denunciados, ya que no se evidenció la ejecución de actividades irregulares por parte de los imputados. Se determinó que los hechos no constituían delitos y que la víctima debía acudir a la jurisdicción mercantil para resolver sus conflictos, en lugar de buscar la intervención penal.
Extracto de la motiva
Considera esta juzgadora que las actuaciones realizadas por los ciudadanos Giuseppe De Biase Natale, Roberto De Biase de Frino, Merilla Cordero de De Biase, Graciela de De Biase, Yanire de De Biase, Arnoldo Torres Alvarado, Miguel Adolfo Anzola Crespo, José Antonio Anzola y Gilberto Cordero, deben ser revisadas por el juez con competencia Mercantil que en el asunto KP02-M-2003-000938 resuelve sobre la nulidad de la disolución de la empresa COMPUTECH C.A. incoada por el ciudadano Ottoniel Javitt Villalón, y no acudir ante los Tribunales Penales a fin de obtener la resolución de un conflicto que no puede encuadrarse dentro de los tipos penales consagrados en los artículos 464 y 465 ordinal 5° del Código Penal vigente para la fecha de los hechos.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la tercera denuncia contenida en el recurso de casación interpuesto por el abogado Gastón Miguel Saldivia Dáger, en su carácter de Apoderado Judicial de la víctima, ciudadano Ottoniel Javit Villalón, contra la decisión de fecha 14 de diciembre de 2007, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que DECLARÓ SIN LUGAR el recurso de apelación.
Palabras clave
sobreseimientoestafadelitosjurisdicción mercantilrecurso de casaciónderechos de la víctimaCódigo Orgánico Procesal Penal