Sentencia N° 422 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de septiembre de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 422, Exp. E26-499, 24/09/2026
ExpedienteE26-499
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2026-09-24
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del joven adulto Á.D.T.L., requerido por la presunta comisión de homicidio calificado, robo agravado y robo agravado de vehículo automotor. Se establece que los delitos fueron cometidos en el territorio venezolano y se cumplen los requisitos de la legislación nacional e internacional para la extradición. La Sala garantiza que el juicio se desarrollará con todas las garantías procesales y derechos del imputado.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, en virtud de la solicitud de extradición activa, ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación nacional e internacional. Se ha determinado que los delitos imputados al joven adulto Á.D.T.L. son de naturaleza grave y no se consideran delitos políticos, lo que permite la procedencia de la extradición. Además, se ha garantizado que el juicio se llevará a cabo con todas las garantías procesales, respetando los derechos del imputado, conforme a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la extradición activa del joven adulto Á.D.T.L. (Identidad omitida de acuerdo con los artículos 65 y 545, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, en relación con el artículo 405, ambos del Código Penal, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, ejusdem, y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, concatenado con el artículo 6, numerales 1, 2 y 3, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con el artículo 83 del Código Penal.

Palabras clave

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