Sentencia N° 422 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 422, Exp. A11-212, 08/11/2011
ExpedienteA11-212
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-11-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Roque Ramón Mora Gil, defensor de Jorge Gabriel Córdova Quintero. La solicitud se fundamenta en la alegación de irregularidades en la detención de su defendido, quien fue aprehendido sin orden judicial y sin estar cometiendo un delito en flagrancia. Sin embargo, la Sala concluye que no se han desatendido los recursos ordinarios y que las condiciones para la admisión del avocamiento no están cumplidas.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo, a cualquier tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso, o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el artículo 107, establece que el avocamiento será ejercido con suma prudencia y sólo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática. Además, en el artículo 108 de la referida Ley, se establecen como condiciones de admisibilidad del avocamiento, que el asunto curse ante algún tribunal de la República, independientemente de su jerarquía y especialidad o de la etapa o fase procesal en que se encuentre y que las irregularidades que se aleguen hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia a través de los medios ordinarios.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado Roque Ramón Mora Gil, en su carácter de defensor privado del ciudadano Jorge Gabriel Córdova Quintero. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

detenciónhomicidioprivativa de libertadderechos constitucionalesproceso penal

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