Sentencia N° 422 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de julio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 422, Exp. A07-0305, 27/07/2007
ExpedienteA07-0305
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2007-07-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la defensa del ciudadano Franklin Alberto Galíndez. La solicitud se fundamenta en la alegación de irregularidades en la medida privativa de libertad impuesta por el Juzgado de Control, pero la Sala determina que no se cumplen los requisitos legales para su procedencia. Se enfatiza que el avocamiento es una medida excepcional que debe ser utilizada con prudencia y solo en casos graves.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal. La Sala, ha señalado en infinitas oportunidades que el avocamiento, procede cuando no exista otro medio procesal idóneo y eficaz, capaz de restablecer la situación jurídica infringida y que no pueda ser reparada mediante el planteamiento de una incidencia o de un recurso ante cualquier instancia competente, por lo que las partes están obligadas a agotar todos los recursos procesales existentes. Ahora bien, del escrito de la presente solicitud se desprende, que la ciudadana abogada Norma Graciela Delgado Aceituno, defensora del ciudadano acusado FRANKLIN ALBERTO GALÍNDEZ, pretende a través de la institución del avocamiento, que la Sala de Casación Penal decrete la nulidad de la Medida Privativa de Libertad dictada por el Juzgado de Control en la Audiencia Preliminar, contra su defendido alegando que la misma es inmotivada y que además no fue imputado para ello.

Dispositiva

Por todas las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por la defensa del ciudadano FRANKLIN ALBERTO GALÍNDEZ. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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