Sentencia N° 421 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 421, Exp. C08-241, 04/08/2008
ExpedienteC08-241
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-08-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado defensor de JHONATAN JOSÉ ORTIZ, quien había sido condenado a doce años de presidio por homicidio simple. La defensa alegó que existía una contradicción en la motivación del fallo y que no se aplicó correctamente el tipo penal correspondiente. Sin embargo, la Sala concluyó que la Corte de Apelaciones había dado una respuesta adecuada a los argumentos presentados y que no se evidenció un vicio que justificara la nulidad de la decisión.
Extracto de la motiva
La Sala constató que la Corte de Apelaciones dio una respuesta apropiada en torno al punto relacionado con la falta de aplicación del artículo 422 del Código Penal, alegada por el Defensor del acusado cuando ejerció la apelación del fallo del Tribunal de Juicio. Se observó que el recurso de casación no es el medio para impugnar los supuestos vicios cometidos por los juzgados de primera instancia, sino los cometidos por las Cortes de Apelaciones. En el caso que nos ocupa, la Defensa del acusado pretendía que la Sala Penal conociera del fallo emitido por el Juzgado de Juicio, lo cual no le está dado hacer a esta máxima instancia por mandato de la Ley.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado JUAN RAFFO MALAVÉ, Defensor del ciudadano acusado JHONATAN JOSÉ ORTIZ. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
homicidioriñacasaciónCódigo Penaldefensasentenciaaplicación de la ley