Sentencia N° 420 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de noviembre de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 420, Exp. C17-166, 27/11/2017
ExpedienteC17-166
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-11-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el defensor del ciudadano XAVIER EDUARDO DI DOMENICO ANGULO, quien había sido condenado a 30 años de prisión por tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la interposición del recurso de casación. La Sala encontró que la decisión de la Corte de Apelaciones no resolvió adecuadamente las denuncias planteadas por la defensa, lo que llevó a la anulación de la sentencia impugnada y a la orden de remitir el expediente para un nuevo juicio.

Extracto de la motiva

La Sala considera que lo ajustado a derecho es declarar CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el abogado CARLOS ENRIQUE CORTEZ RIERA, Defensor Público Segundo, adscrito a la Defensa Pública del Estado Lara, Extensión Carora. En consecuencia, se ANULA la decisión dictada el treinta (30) de enero de 2017, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo dictado el quince (15) de diciembre de 2015, mediante el cual el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del señalado Circuito Judicial Penal, condenó al ciudadano XAVIER EDUARDO DI DOMENICO ANGULO, a cumplir la pena de treinta (30) años de prisión por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS BAJO LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN. Por último, se ORDENA remitir el expediente a la Presidencia del referido Circuito Judicial Penal, para que se constituya una Sala Accidental, conozca del recurso de apelación interpuesto y dicte una nueva sentencia con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el abogado CARLOS ENRIQUE CORTEZ RIERA, Defensor Público Segundo, adscrito a la Defensa Pública del Estado Lara, Extensión Carora. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada el treinta (30) de enero de 2017, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo dictado el quince (15) de diciembre de 2015, mediante el cual el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del señalado Circuito Judicial Penal, condenó al ciudadano XAVIER EDUARDO DI DOMENICO ANGULO, a cumplir la pena de treinta (30) años de prisión por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS BAJO LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN. TERCERO: ORDENA remitir el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, para que se constituya una Sala Accidental, conozca del recurso de apelación interpuesto y dicte una nueva sentencia con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente decisión.

Palabras clave

tráfico ilícitosustancias estupefacientescasación

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