Sentencia N° 420 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de noviembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 420, Exp. C04-0146, 09/11/2004
ExpedienteC04-0146
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública, argumentando que la Corte de Apelaciones no incurrió en infracción al no aplicar el principio de la sana crítica en la valoración de pruebas. La Sala considera que corresponde a los tribunales de juicio valorar las pruebas y establecer los hechos. Además, se señala que la atenuante de perturbación mental por embriaguez no fue alegada ni probada durante el juicio, lo que impide su invocación en el recurso de casación.
Extracto de la motiva
En relación a la primera denuncia, referida a la violación del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, por falta de aplicación, la recurrente pretende a través de su recurso, que la Corte de Apelaciones realice una labor de apreciación y valoración de las pruebas, lo cual, corresponde, en cumplimiento al principio de inmediación, a los tribunales de juicio, instancia competente para valorar las pruebas y establecer cómo ocurrieron los hechos y la participación de los acusados en la comisión de los mismos. La segunda denuncia carece de la debida fundamentación, por cuanto la recurrente alega la falta de aplicación por parte de la recurrida, de la atenuante contemplada en el artículo 64, ordinales 3° y 5° del Código Penal (perturbación mental por causa de la embriaguez), la cual no fue alegada ni probada durante el juicio oral y público. Por consiguiente, mal puede invocar la recurrente la aplicación de la referida atenuante, a través del recurso de casación.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la Defensora Pública abogado, Nancy Rodríguez M. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.