Sentencia N° 42 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de febrero de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 042, Exp. RH21-207, 23/02/2022
ExpedienteRH21-207
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-02-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Aquiles Leonel Ortiz Rojas y el recurso de hecho por Aquiles Leonel Ortiz Sánchez, ambos relacionados con una demanda de reparación de daños e indemnización de perjuicios. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporaneidad, lo que fue confirmado por la Sala de Casación Penal, que declaró sin lugar ambos recursos. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los plazos establecidos en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

En fecha 29 de octubre de 2018, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Sala Accidental N° 190, en la revisión de la decisión de fecha 26 de abril de 2018, proferida por el Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, sobre la “demanda para la reparación de daño e indemnización de perjuicios”, que interpusieron los abogados Antonio José García Rodríguez y César Armando Campos Barrios, ante sede penal, conforme con los artículos 413 y siguientes, del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la sentencia por admisión de los hechos dictada en contra de los ciudadanos AQUILES LEONEL ORTIZ SÁNCHEZ y AQUILES LEONEL ORTIZ ROJAS, la Sala observó que en el trámite realizado se incumplió con lo dispuesto en los artículos 292 y 293 del Código de Procedimiento Civil, siendo que el proceso intentado por demanda corresponde a la esfera civil, y por lo que esa Alzada, decidió “instar al Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua a que se pronuncie en cuanto a la admisibilidad de la apelación interpuesta por los abogados Servio Orlando Fernández Barrios y Egberto J. Rivas O., por lo que esta Corte de Apelaciones acuerda devolver el presente asunto, a los fines de que sea realizado debidamente el trámite correspondiente”, de acuerdo con lo plasmado en sentencia N° 311, de fecha 4 de agosto de 2017, dictada por este Máximo Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Penal.

Dispositiva

PRIMERO: SE DECLARA PERECIDO, el recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano Aquiles Leonel Ortiz Rojas en contra de la decisión de la Sala Accidental N° 181, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua de fecha 26 de junio de 2019 que declaró sin lugar el recurso de hecho de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO, interpuesto en contra de la decisión dictada por la Sala Accidental N° 181 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha 30 de julio de 2020.

Palabras clave

recurso de casaciónreparación de dañosindemnización de perjuicios

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