Sentencia N° 42 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de febrero de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 042, Exp. A14-422, 10/02/2015
ExpedienteA14-422
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-02-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Arturo Contreras Suárez en representación de José Vicente Santander Galvis. La solicitud se fundamenta en el retardo procesal y la prórroga de la medida de privación preventiva de libertad, la cual fue acordada por el Tribunal de Juicio sin considerar que los diferimientos no eran imputables al acusado ni a su defensa. La Sala resalta que el avocamiento es una figura excepcional y no un recurso ordinario para revisar decisiones desfavorables.
Extracto de la motiva
El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo, a cualquier tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso, o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece que el avocamiento procederá sólo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudique ostensiblemente, la imagen del Poder Judicial, la paz pública y la institucionalidad democrática venezolana (artículo 107). Además, en el artículo 108 de la referida Ley, se establecen como condiciones de admisibilidad del avocamiento, que el asunto curse ante algún tribunal de la República, independientemente de su jerarquía y especialidad o de la etapa o fase procesal en que se encuentre y que las irregularidades que se aleguen hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia a través de los medios ordinarios.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano abogado ARTURO CONTRERAS SUÁREZ, en su carácter de defensor privado del acusado JOSÉ VICENTE SANTANDER GALVIS. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.