Sentencia N° 418 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 418, Exp. C22-351, 08/12/2022
ExpedienteC22-351
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por José Gregorio Romero Bolívar, en representación de Antonio José Rivero Berrios, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala determina que la decisión cuestionada no es recurrible en casación, ya que no se subsume en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de este recurso. Se establece que el recurso de casación es un medio extraordinario de impugnación que debe cumplir con requisitos específicos, y en este caso, la Sala concluye que no se satisfacen las condiciones necesarias para su admisibilidad. Por lo tanto, se declara la inadmisibilidad del recurso, sin necesidad de analizar otros requisitos de procedencia. La decisión se fundamenta en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, que limita la impugnación a decisiones que coloquen fin al proceso o impidan su continuación, lo cual no ocurre en este caso.

Extracto de la motiva

En este sentido, se hace necesario analizar la naturaleza y consecuencias de dicha decisión, toda vez que, ello determinará si la misma constituye un pronunciamiento sujeto a la censura, mediante el recurso de casación, y a tal efecto se observó que la Corte de Apelaciones, declaró sin lugar un recurso de apelación de auto, presentado contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del estado Barinas, y Confirmada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del estado Barinas, en la decisión dictada y publicada en fecha veintiséis de mayo de 2022 (26/05/2022) por dicha Sala, mediante la cual confirma la DECLINATORIA DE LA COMPETENCIA POR LA MATERIA de la querella a la jurisdicción de la materia agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Código Orgánico Procesal Penal. En nuestro proceso penal, la materia recursiva se encuentra regida por las disposiciones contenidas en los artículos 423 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, que consagran el principio de la impugnabilidad objetiva, la legitimación para recurrir y las condiciones generales para la interposición del respectivo recurso. De ello que, con el fin de resolver sobre el recurso de casación interpuesto, la Sala procede a verificar el cumplimiento de los requisitos señalados en la norma, debiendo acotar que ante la inexistencia de uno solo de ellos, será declarada la inadmisibilidad correspondiente, sin necesidad de análisis respecto a las restantes exigencias legales. Expresado lo anterior, esta Sala con la finalidad de verificar la recurribilidad del fallo constató, que los apoderados judiciales objetaron mediante el recurso de casación, la decisión de fecha 26 de mayo de 2022, dictada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, que declaró Sin Lugar el recurso de apelación de Autos, interpuesto por esta representación, contra la decisión dictada y publicada en fecha cuatro de noviembre de 2020 (04/11/2020), por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del estado Barinas.

Dispositiva

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano José Gregorio Romero Bolívar, titular de la cédula de identidad N° 9.380.798, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 134.497, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ RIVERO BERRIOS, contra la decisión de fecha 26 de mayo de 2022.

Palabras clave

competenciarecurso de casaciónjurisdicciónCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionesdecisión judicial

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