Sentencia N° 418 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de junio de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 418, Exp. C15-3, 12/06/2015
ExpedienteC15-3
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-06-12
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública en representación de Adrián Alejandro Marcano Carreño, quien fue condenado a 17 años y 5 meses de prisión por el delito de acto carnal con víctima especialmente vulnerable. La decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la condena fue impugnada, y la Sala determinó que el recurso cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Se convocará a una audiencia oral y privada para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal debe determinar su competencia para conocer del presente Recurso de Casación, y, al efecto, observa lo siguiente: En relación con el conocimiento del referido medio de impugnación, el artículo 266, numeral 8, de la Constitución y el artículo 29, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia disponen: ‘Artículo 266. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: (...) 8. Conocer del recurso de casación’. Del contenido de las disposiciones transcritas, se observa que corresponde a la Sala de Casación Penal el conocimiento de los recursos de casación. Dado que el medio de impugnación incoado en esta oportunidad es al que se refieren dichos preceptos, esta Sala, con arreglo en los mismos, se declara competente para conocer del recurso formulado.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: se ADMITE la denuncia del presente Recurso de Casación, el cual fue interpuesto, el 21 de noviembre de 2014, por la abogada Edith Delgado, Defensora Pública Décima Cuarta con Competencia en Materia Especial de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano ADRIÁN ALEJANDRO MARCANO CARREÑO, contra la decisión dictada y publicada por la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 28 de agosto de 2014, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por la recurrente, el 11 de julio de 2014, y CONFIRMÓ la decisión del 7 de marzo de 2014, emitida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, que CONDENÓ al acusado a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS y CINCO (5) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto en el artículo 44, numeral 1, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de una adolescente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 458 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Sala CONVOCA a una audiencia oral y privada que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.