Sentencia N° 418 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 418, Exp. CC12-274, 08/11/2012
ExpedienteCC12-274
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recurso—
Fecha de la decisión2012-11-08
DecisiónReitera la competencia
Resumen
La sentencia aborda un conflicto de competencia entre el Tribunal de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira y el Tribunal Primero de Ejecución del estado Zulia, en relación con un adolescente sancionado por lesiones personales intencionales graves. La Sala de Casación Penal, presidida por la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, reitera la competencia del Tribunal de Ejecución del estado Táchira para continuar conociendo de la ejecución de las sanciones impuestas al adolescente, con la colaboración del Tribunal del estado Zulia.
Se destaca que el Tribunal de Táchira había declinado su competencia en virtud de la reubicación del adolescente a un centro de reclusión en Zulia, pero la Sala aclara que, a pesar del traslado, el control y vigilancia de la ejecución de la sanción debe seguir siendo responsabilidad del Tribunal de Táchira. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que establece la competencia territorial para el control de las medidas impuestas a adolescentes infractores.
Finalmente, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Ejecución del estado Táchira para que continúe con el seguimiento del caso, garantizando así los derechos del adolescente y el cumplimiento de las sanciones impuestas.
Extracto de la motiva
En mérito de lo descrito, la competencia para el conocimiento de la presente causa corresponde al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, quien debe vigilar y controlar el cumplimiento de las sanciones impuestas al adolescente infractor, con la colaboración del Tribunal Primero en Funciones de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Así se decide. Visto que se plantearon dos conflictos de competencia ante esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, por distintas causas seguidas al mismo ciudadano, esta Sala con base en la sentencia referida, decide reiterar la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, quien debe vigilar y controlar el cumplimiento de las sanciones impuestas al adolescente infractor, con la colaboración del Tribunal Primero en Funciones de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expresadas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, REITERA LA COMPETENCIA para continuar conociendo de la ejecución de las sanciones impuestas al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), al TRIBUNAL DE EJECUCIÓN, SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, con la colaboración del Tribunal Primero de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Ofíciese lo conducente.