Sentencia N° 418 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de junio de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 418, Exp. C08-039, 04/08/2008
ExpedienteC08-039
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Corte Superior Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal condenó a un adolescente por homicidio calificado, pero la Corte de Apelaciones corrigió la calificación a homicidio intencional. El Tribunal Supremo de Justicia, al conocer el recurso de casación, declaró con lugar el mismo, corrigiendo el error de derecho en la calificación del delito y manteniendo las sanciones impuestas. Se enfatiza que el juzgador debió advertir a las partes sobre el cambio en la calificación del delito, lo que vulneró el derecho a la defensa del acusado.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: La ciudadana Fiscal Centésima Décima Quinta del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, formuló acusación en contra del adolescente (Identidad Omitida), por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 406 y 458 en relación con el artículo 80, todos del Código Penal Venezolano…solicitando sea sancionado con la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por un plazo máximo de cinco (05) años de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “F” …” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 02 de octubre de 2006, el Juzgado Primero de Control del referido Circuito Judicial Penal, celebró la Audiencia Preliminar y en dicha oportunidad, admitió en su totalidad “…la Acusación presentada por la ciudadana Fiscal… admite la calificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Público… admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por la defensa…se mantienen las medidas cautelares prevista en los literales “b” y “c” del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente…”, contra el mencionado acusado adolescente, y se emplaza a las partes para que concurran en un lapso de cinco (5) días a un Tribunal de Juicio. En fecha 14 de agosto de 2007, el Juzgado Segundo de Juicio de la referida Circunscripción Judicial Penal, sancionó al adolescente (Identidad Omitida), por la comisión del delito de homicidio calificado por motivos fútiles, previsto en el artículo 406, ordinal 1º, del Código Penal, al dar por probados los siguientes hechos: “…En el curso del juicio oral y privado, resultó acreditada la comisión del hecho punible imputado por la Fiscal 115º del Ministerio Público, al acusado (IDENTIDAD OMITIDA)…1.- Con la Declaración rendida por el ciudadano COLMENARES CARRUSI JACINTO ARTURO…

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1) Declara con lugar el recurso de casación propuesto por la defensa del adolescente (Identidad Omitida). 2) Anula el fallo dictado en fecha 14 de agosto de 2007, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en cuanto a la calificación jurídica del delito, y lo CONDENA por el delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 405 del Código Penal, sancionándolo con la privación de libertad, por el lapso de TRES (3) AÑOS, semi libertad, por un lapso de UN (1) AÑO, y libertad asistida pon UN (1) AÑO, sanciones impuestas de conformidad con el artículo 620, literal “f”, “e” y “d”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Palabras clave

homicidio intencionalhomicidio calificadoadolescentederecho a la defensaCódigo PenalLey Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescenterecurso de casacióntribunal de juicio

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