Sentencia N° 417 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de junio de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 417, Exp. C26-402, 12/06/2026
ExpedienteC26-402
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2026-06-12
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de junio de 2026, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Oscar Alexander García Sánchez, actuando en representación de la víctima indirecta, JOSÉ GREGORIO VELÁSQUEZ GÓMEZ. El recurso fue presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, que había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia que condenó al acusado, ANTHONY ALEJANDRO OLIVEROS SILVA, por homicidio culposo y omisión de socorro. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en relación con la fundamentación y la presentación de los motivos de casación. Se concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones era recurrible y que el recurso de casación fue interpuesto en tiempo hábil, pero no se encontraron fundamentos suficientes para su admisión. Finalmente, la Sala reafirmó la condena impuesta al acusado, manteniendo la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión, así como la multa correspondiente, por los delitos cometidos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado Oscar Alexander García Sánchez, quien actúa en el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO VELÁSQUEZ GÓMEZ (Víctima Indirecta), titular de la cédula de identidad N° V-4.003.515, en contra del fallo dictado el 18 de febrero de 2026, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, extensión El Tigre, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por el mencionado abogado, en contra de la sentencia por admisión de hechos publicada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, extensión El Tigre, en fecha 22 de mayo de 2025, la cual declaró culpable y condenó al ciudadano ANTHONY ALEJANDRO OLIVEROS SILVA, titular de la cédula de identidad N° V- 18.680.557, a cumplir la pena de cuatro (04) años y (04) cuatro meses de prisión y una multa de 250 unidades tributarias a favor del Fisco Nacional, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, y OMISIÓN DE SOCORRO, tipificado en el artículo 438 del mismo Código, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, al no cumplir con lo previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca