Sentencia N° 417 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 417, Exp. C05-0196, 30/06/2005
ExpedienteC05-0196
PonenteHÉCTOR MANUEL CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Edgar Linar Vivas Vivas, quien había sido condenado a trece años de presidio por homicidio intencional y porte ilícito de arma blanca. La defensa presentó un recurso de casación argumentando errores en la valoración de pruebas y en la calificación del delito. La Sala de Casación Penal, tras revisar el caso, desestimó el recurso por infundado, afirmando que la apreciación de pruebas corresponde a los tribunales de instancia y que no se demostraron los errores alegados por la defensa.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: El impugnante atribuye el vicio denunciado tanto al juzgador de Juicio como a la Corte de Apelaciones, cuando de conformidad con el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación sólo puede ser propuesto contra las decisiones de las cortes de apelaciones que resuelvan el recurso de apelación sin ordenar la celebración de un nuevo juicio oral. Por otra parte, ha dicho esta Sala en reiteradas oportunidades que el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, no puede ser infringido por las cortes de apelaciones por cuanto la apreciación y valoración de las pruebas corresponde a los tribunales de instancia. Por lo expuesto, se desestima, por manifiestamente infundada, la presente denuncia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado EDGAR LINAR VIVAS VIVAS. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
homicidio intencionalrecurso de casaciónCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penalvaloración de pruebasdefensasentenciapena