Sentencia N° 416 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de julio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 416, Exp. C07-0151, 26/07/2007
ExpedienteC07-0151
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-07-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de julio de 2007, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el defensor de Nelson Antonio González Bellorín, anulando el fallo de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena de doce años de presidio impuesta por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Penal, en función de juicio, por el delito de homicidio intencional. La Sala consideró que la Corte de Apelaciones no resolvió adecuadamente las denuncias planteadas en el recurso de apelación, lo que constituyó una inmotivación del fallo.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones al resolver el recurso de apelación señaló, al folio 728 de la pieza 3, lo siguiente: '…Ahora bien, en cuanto a la primera denuncia, la defensa ejerce su recurso de apelación con fundamento al numeral 2° del articulo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, “2. Falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, o cuando ésta se funde en prueba obtenida ilegalmente o incorporada con violación a los principios del juicio oral”, por estimar que la motivación de la sentencia es contradictoria en relación al testimonio de la ciudadana YOSELINA COROMOTO AÑEZ LINARES, y señala, que al analizar y comparar tal testimonio con el resto de las pruebas, tales como protocolo de autopsia, experticia de comparación balística, prueba de ATD, planimetría, hay que concluir que la testigo presencial mintió, y cometió falsa atestación como delito, y que con tales pruebas queda probado que su defendido no ocasionó la muerte de ninguno de los occisos.'

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado. Y en consecuencia ANULA el fallo dictado el 15 de Noviembre de 2006, por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.

Palabras clave

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