Sentencia N° 416 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de junio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 416, Exp. C05-0150, 30/06/2005
ExpedienteC05-0150
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado Carlos Manuel Morantes, quien había sido condenado a quince años de prisión por el delito de transporte de sustancias estupefacientes. La defensa fundamentó su recurso de casación alegando infracciones en la aplicación de normas procesales y sustantivas. La Sala de Casación Penal, al revisar el caso, desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, señalando que la decisión de la Corte de Apelaciones se encontraba ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: El artículo 462 del Código Orgánico procesal, establece que el recurso de casación se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicaran, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Se evidencia del contenido de la denuncia, que la recurrente atribuye a la sentencia de la Corte de Apelaciones distintos vicios; por una parte, la falta de análisis del argumento planteado por la defensa en relación a si hubo quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos que cause indefensión durante el juicio y, por la otra, indica la falta de motivación de la recurrida, por cuanto la recurrida no expresa las razones en base a las cuales consideró que la calificación jurídica dada a los hechos por el sentenciador de la primera instancia, se encuentra ajustada a derecho. Tales motivos debieron ser expuestos de manera separada por el impugnante en su recurso, por cuanto los mismos no guardan relación entre si. Además, que hace referencia a quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos que cause indefensión, sin mencionar a cuales circunstancias que causan indefensión se refiere, de manera que la Sala se le imposibilita la comprensión del fundamento de la denuncia.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado Carlos Manuel Morantes en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda; con sede en Los Teques. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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