Sentencia N° 414 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de noviembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 414, Exp. C17-249, 20/11/2017
ExpedienteC17-249
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-11-20
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Pedro José Troconis Da Silva, en representación de las víctimas, contra la sentencia dictada el 6 de enero de 2017 por la Sala Accidental N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara. La decisión recurrida había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el sobreseimiento de la causa penal por el delito de estafa continuada.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera que el recurrente no especificó de manera clara y precisa los vicios alegados en la decisión de la Corte de Apelaciones, lo que impide el conocimiento del recurso de casación. Se establece que la falta de motivación denunciada no cumple con los requisitos necesarios para ser admitida, ya que el recurrente no argumentó adecuadamente cómo los vicios denunciados influyeron en el resultado del fallo. Por lo tanto, se concluye que el recurso es manifiestamente infundado.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal Accidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado Pedro José Troconis Da Silva, apoderado judicial de los ciudadanos Williams Eduardo Hernández Sánchez, Yrma Eladia Chumbes Ramos y María de los Ángeles Camacaro Orellana, víctimas en el presente proceso, contra la sentencia dictada el 6 de enero de 2017, por la Sala Accidental N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, de acuerdo con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
inmotivaciónrecurso de casaciónCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionessobreseimientodecisión judicial