Sentencia N° 414 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de junio de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 414, Exp. C05-0260, 30/06/2005
ExpedienteC05-0260
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónDesestima por Inadmisible

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los defensores de Dennos Grodotzki. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación, el cual fue recibido por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala determinó que la decisión del Tribunal Tercero en funciones de Juicio no era recurrible en casación, ya que no ponía fin al proceso, desestimando así el recurso por inadmisible.

Extracto de la motiva

El procedimiento para interponer el recurso de casación, debe cumplir las pautas indicadas en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Vale decir, dicho recurso sólo podrá ser interpuesto en contra de las decisiones dictadas por las cortes de apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas. En el presente caso, la Sala, aprecia que los recurrentes ejercen el recurso de casación, porque la decisión del Tribunal Tercero en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al constituirse como tribunal unipersonal les causa un gravamen irreparable a su representado. La Sala advierte que el presente caso no es recurrible en casación ya que con este auto no se pone fin al proceso. Así se decide.

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley Desestima por Inadmisible el recurso de casación propuesto por los abogados José Rosario Niño Casanova y Nilsa Inés Camargo, defensores del ciudadano Dennos Grodotzki. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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