Sentencia N° 413 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de agosto de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 413, Exp. C24-280, 06/08/2024
ExpedienteC24-280
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónNulidad Absoluta
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decreta de oficio la nulidad absoluta de la decisión dictada el 24 de mayo de 2023, que absolvió a RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ CAMACHO de los delitos de homicidio intencional calificado con alevosía y agavillamiento. Se argumenta que hubo vicios procesales que afectaron el debido proceso, lo que llevó a la nulidad de la decisión y a la reposición de la causa para un nuevo juicio oral y público. La sentencia resalta la importancia de garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales y la comparecencia de testigos en el proceso penal.
Extracto de la motiva
motiva de la misma, vinculados ante todo, a valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos, a la seguridad jurídica y a la Justicia, entre otras expresiones jurídicas en la misma y en el proceso penal que le dio lugar al fallo sub examine (vid. arts. 1, 2, 3, 26, 49 y 257 del Texto Fundamental), las cuales están estrechamente a la seguridad y mantenimiento de la paz social del Estado venezolano que señala la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y han sido objeto de interpretación por parte de esta Sala Constitucional en el desarrollo de sus jurisprudencia…
Dispositiva
PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada el 24 de mayo de 2023, y publicada su texto íntegro el 25 de julio del mismo año, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, mediante la cual ABSOLVIÓ al ciudadano RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ CAMACHO, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-20.392.620, de la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413, todos del Código Penal, como la de todos los actos consecutivos que de la misma derivaron, de conformidad con lo consagrado en los artículos 26, 49 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 174 , 175, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal, manteniéndose incólume la presente decisión. SEGUNDO: REPONE la causa al estado que un Tribunal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, distinto, a la brevedad posible realice un nuevo juicio oral y público, en la causa penal seguida al ciudadano RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ CAMACHO.