Sentencia N° 412 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de noviembre de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 412, Exp. A12-297, 02/11/2012
ExpedienteA12-297
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-11-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Patricia Luis Luis en representación de Ollantay González Serga. La Sala argumenta que no se cumplen las condiciones de admisibilidad establecidas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ya que no se evidencian violaciones graves al ordenamiento jurídico ni desatención de recursos ordinarios. Además, se señala que la figura del avocamiento no debe ser utilizada como un medio para obtener un nuevo pronunciamiento desfavorable para el solicitante.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, prevé el avocamiento como una figura excepcional, y ordena su empleo con suma prudencia y reflexión, sólo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana. Circunstancias que no se verifican en los alegatos narrados supra y que configuran uno de los elementos indispensables para su admisibilidad.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por la ciudadana abogada PATRICIA LUIS LUIS.
Palabras clave
avocamientoderechos procesalesjuez imparcialMinisterio Públicosobreseimientoviolencia de género