Sentencia N° 412 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de noviembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 412, Exp. C03-0456, 03/11/2004
ExpedienteC03-0456
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-11-03
DecisiónAnula, de oficio, la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 1998

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió anular la sentencia dictada el 26 de noviembre de 1998 por el Juzgado Superior Primero en lo Penal del Estado Bolívar, debido a la falta de motivación adecuada en la decisión original. Se argumentó que el juzgador no cumplió con el deber de analizar y comparar las pruebas presentadas, lo que llevó a una incorrecta aplicación de la ley en el caso de homicidio intencional. La Sala ordenó remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para que se dicte una nueva sentencia, corrigiendo los vicios que llevaron a la nulidad del fallo anterior.

Extracto de la motiva

El impugnante no apoyó el recurso en ninguna disposición legal, incumpliendo así con lo dispuesto en el artículo 525, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, que establece que en los procesos en que no se haya formalizado el recurso, las causales de casación y decisiones recurribles serán las enunciadas en los artículos 330, 331 y 333 del Código de Enjuiciamiento Criminal derogado. Además, en su única denuncia, no indica la disposición legal que considera infringida, ni precisa cuál es el vicio que atribuye al sentenciador, limitándose a señalar que la recurrida incurrió en errónea aplicación e interpretación de una norma jurídica, por haber apreciado y valorado 'las pruebas testimoniales en lo que respecta a la persona que causó la muerte al ciudadano José Rodolfo Martínez, sin analizar los motivos que desencadenaron esa acción'. Asimismo, el recurrente no expresó las razones por las cuales, en su criterio, era procedente la aplicación de la causa de justificación de la legítima defensa, no transcribió los hechos dados por probados ni el contenido de las testimoniales que, según expresa, son contestes en señalar que el acusado 'bajo el estado de incertidumbre, temor o terror', reaccionó en defensa de su menor hijo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa, anula, de oficio, la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 1998, por el extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y, en consecuencia, ordena remitir el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que una de las Salas de la Corte de Apelaciones, dicte una nueva sentencia prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad del fallo.

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