Sentencia N° 410 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 410, Exp. C09-225, 07/08/2009
ExpedienteC09-225
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-08-07
DecisiónADMITE

Resumen

La sentencia se refiere al recurso de casación interpuesto por la defensa del funcionario policial Miguel Ángel Ojeda, quien fue condenado por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia condenatoria, lo que llevó a la defensa a presentar el recurso de casación alegando inmotivación en la decisión de la Corte. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso y convoca a una audiencia oral y pública para su discusión.

Extracto de la motiva

La Sala Penal observó que el impugnante cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 462 “eiusdem”, ya que mencionó los fundamentos que sustentan su pretensión, aunado a que el recurso de casación fue interpuesto en tiempo hábil, por la parte con legitimidad para ejercerlo y el fallo impugnado es recurrible en casación. Dado que las denuncias se refieren a la inmotivación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, oportuno es reiterar el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, según el cual la motivación de las sentencias es una cuestión de orden público y de obligatorio cumplimiento por parte de los juzgadores, vid sentencia 3244 del 12 de diciembre de 2002, con ponencia del Magistrado Doctor PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, en el expediente 2002-0468.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: 1) ADMITE el recurso de casación propuesto por el abogado, Defensor del funcionario policial del Estado Aragua, ciudadano acusado MIGUEL ÁNGEL OJEDA. 2) CONVOCA a una audiencia oral y pública que deberá celebrarse en un lapso no menor de quince (15) ni mayor de treinta (30) días. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.

Palabras clave

homicidio calificadorecurso de casacióninmovilizaciónlegítima defensainmotivaciónaudiencia públicaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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