Sentencia N° 409 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 409, Exp. C14-194, 09/12/2014
ExpedienteC14-194
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-12-09
DecisiónDesestima por inadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de diciembre de 2014, desestimó por inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Antonio José D’ Jesús Pérez, representante legal de la víctima Víctor Porfirio Baloa Díaz, contra la sentencia dictada el 8 de enero de 2014 por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar un recurso de apelación y revocado una decisión anterior que había decretado el sobreseimiento de la causa por prescripción de la acción penal. La Sala fundamentó su decisión en que la sentencia de la Corte de Apelaciones no ponía fin al proceso ni hacía imposible su continuación, por lo que no era recurrible en casación según lo establecido en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala reafirmó su competencia para conocer del recurso y analizó la legitimación activa del recurrente, confirmando que el abogado actuaba en nombre de la víctima. Finalmente, la Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, desestimó el recurso de casación, enfatizando la importancia de mantener el orden procesal y el respeto a las normas que regulan la materia penal.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el fallo emanado de la Corte de Apelaciones, es una decisión que no pone fin al proceso, ni hace imposible su continuación y por lo tanto, no es recurrible en casación, atendiendo a lo preceptuado en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. Por consiguiente, en fuerza de lo anteriormente expuesto, la Sala DESESTIMA POR INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado por el ciudadano abogado ANTONIO JOSÉ D’ JESÚS PÉREZ, en su condición de representante legal del ciudadano VÍCTOR PORFIRIO BALOA DÍAZ, de acuerdo con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación, anunciado por el ciudadano abogado ANTONIO JOSÉ D’ JESÚS PÉREZ, en su condición de representante legal de la víctima, ciudadano VÍCTOR PORFIRIO BALOA DÍAZ, contra la sentencia dictada en fecha 8 de enero de 2014 por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

apelaciónsobreseimientoderecho de autornulidadconstitucióncircuito judicialdelitos

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