Sentencia N° 409 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de julio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 409, Exp. C07-0299, 17/07/2007
ExpedienteC07-0299
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-07-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de MARCO GARIBALDI contra el fallo de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar la recusación del juez. La decisión se basa en que la sentencia de la Corte de Apelaciones no es recurrible en casación, ya que no se trata de decisiones impugnables según el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 459 del mencionado código, que establece las condiciones para la admisibilidad de los recursos de casación.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal expresa: “El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas. (...) Asimismo serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior”. (Subrayado de la Sala).

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano imputado MARCO GARIBALDI, contra el fallo dictado el 11 de mayo de 2007 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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