Sentencia N° 408 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de octubre de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 408, Exp. C16-204, 26/10/2016
ExpedienteC16-204
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-10-26
DecisiónAnula de oficio las actuaciones realizadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, anula de oficio las actuaciones realizadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, a partir del auto dictado el 28 de abril de 2016. Se establece que la Corte de Apelaciones incurrió en un vicio procesal al no permitir que el ciudadano Carlos Alexis Vásquez Patiño manifestara expresamente su voluntad de renunciar al recurso de casación, lo que vulneró su derecho a la defensa y a ser oído. La Sala ordena que se reponga la causa para que se realice el traslado del mencionado ciudadano a la Corte de Apelaciones para que exprese su voluntad sobre el recurso.
Extracto de la motiva
En efecto, en el presente caso, consta en las actas que, el 10 de marzo de 2016, una vez impuestos los acusados de autos de la sentencia que confirmó el fallo condenatorio dictado en su contra por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, el abogado Alí Rafael Martínez renunció al ejercicio de la defensa del ciudadano Carlos Alexis Vásquez Patiño, quedando únicamente como defensor privado del ciudadano Arquímides Rafael Lachea Planche, en razón de lo cual la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, vista la solicitud formulada por el prenombrado ciudadano, en cuanto a la designación de un defensor público, ofició a la Unidad de la Defensoría Pública del estado Sucre a los fines consiguientes, designación que recayó en el Defensor Público Auxiliar encargado de la Defensoría Segunda con competencia en materia penal ordinaria, quien asumió la defensa el 17 de marzo del mismo mes y año. El 6 de abril de 2016, el abogado Alí Rafael Martínez, en su carácter de defensor privado del ciudadano Arquímides Rafael Lachea Planche, interpuso recurso de casación contra la decisión de la alzada que confirmó el fallo condenatorio. El 20 de abril de 2016, el Defensor Público Auxiliar encargado de la Defensoría Segunda con competencia en materia penal ordinario consignó ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, acta N° 485-16 levantada el 30 de marzo de 2016, en la cual consta que, en visita carcelaria efectuada en esa oportunidad, el ciudadano Carlos Alexis Vásquez Patiño manifestó expresamente su negativa al ejercicio del recurso de casación por parte del defensor público, por lo que éste solicitó la remisión de la causa al Tribunal en Funciones de Ejecución correspondiente. En consecuencia, el 28 de abril de 2016, la referida Corte de Apelaciones remitió las actuaciones a esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: ANULA DE OFICIO las actuaciones realizadas por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, a partir del auto dictado el 28 de abril de 2016, que ordena la remisión del presente expediente a esta Sala de Casación Penal, incluyendo la certificación de días de audiencias transcurridos en la alzada, manteniéndose incólume el fallo dictado el 16 de febrero de 2016 por la mencionada Corte de Apelaciones. SEGUNDO: ORDENA reponer la causa al estado de que la señalada Corte de Apelaciones, a la brevedad posible, ordene el traslado del ciudadano Carlos Alexis Vásquez Patiño para que manifieste expresamente su voluntad de renunciar al ejercicio del recurso de casación contra el fallo dictado el 16 de febrero de 2016.